lunes, julio 17, 2006

EL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Actualmente, en caso de producirse una transferencia de tierras nacionales a la Ciudad, el uso del suelo en ellas está regido por el Código de Planeamiento Urbano, que fija lo siguiente:
3.1.2 Proporción de terreno destinado para uso y utilidad publica. ... En el parcelamiento de tierras de propiedad del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la generación de nuevos espacios verdes parquizados. Quedan exceptuados de esta norma los parcelamientos en el Distrito U31.
Es decir, la venta fraudulenta y construcción sobre el 35% de superficie restante, sobre la que nada dice el texto (aprox. 1/3); dedicar otro porcentaje similar a la apertura de calles y veredas (aprox. otro 1/3) y que el 1/3 remanente consista en los intersticios de lo construido. Esto significa la liquidación de las tierras en cuestión.
Debemos recordar que según el art. 75 - Inc. 5 de la Constitución Nacional, corresponde al Congreso "Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional". Por lo tanto, ni el Organismo Nacional de Administración de Bienes-ONABE ni la Corporación Antiguo Puerto Madero SA posen facultades para actuar como empresas inmobiliarias por cuenta del Poder Ejecutivo Nacional. De ahí el calificativo de fraudulento para cualquier acto de disposición de tierras que pretendan efectuar organismos o "empresas" creadas para eludir la intervención del Congreso Nacional y las Legislaturas locales, ya que si se efectuara la transferencia de tierras a la Ciudad, su Constitución autoriza sólo a la Legislatura a disponer "... la desafectación del dominio público y la disposición de bienes inmuebles de la Ciudad" (art. Nº 82 CCBA) y para eso debe tener en cuenta los arts. Nº 27; 28; 29 y 30 de la misma.

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